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Fuente: https://cde.ugr.es/
Directorio Oficial de la Unión Europea
En España
Empresa Común Fusion for Energy
Fuente: web oficial de la Unión Europea [Consultado: abril 2020]
La UE se ocupa de muy diversas políticas, desde los derechos humanos hasta el transporte o el comercio. Pulse en cualquiera de ellas para ver un resumen de la actividad de la UE en ese ámbito y encontrar enlaces a los organismos, legislación y documentos correspondientes.
Los objetivos operativos del Programa Específico Horizonte Europa son los siguientes:
a) Reforzar la investigación de excelencia, tanto fundamental como en las fronteras del conocimiento; reforzar y diseminar la excelencia, en particular fomentando una participación más amplia en toda la Unión;
b) Reforzar el vínculo entre investigación, innovación y, cuando proceda, educación y otras políticas, en particular la complementariedad con las políticas y actividades de I+i a escala nacional, regional y de la Unión;
c) Apoyar la ejecución de las prioridades de las políticas de la Unión, en especial los ODS y el Acuerdo de París;
d) Promover la I+i responsable, teniendo en cuenta el principio de cautela;
e) Reforzar la dimensión de género en todo el Programa Específico;
f) Desarrollar los vínculos de colaboración en la I+i europea y entre los distintos sectores y disciplinas, también en las ciencias sociales y las humanidades (CSH);
g) Fortalecer la cooperación internacional;
h) Conectar y desarrollar las infraestructuras de investigación en todo el Espacio Europeo de Investigación (EEI) y facilitar un acceso transnacional;
i) Atraer talentos, formar y conservar a investigadores e innovadores en el EEI, también mediante la movilidad;
j) Fomentar la ciencia abierta y garantizar la visibilidad pública y el acceso abierto a las publicaciones científicas y a los datos de la investigación, con las excepciones pertinentes;
k) Alentar la explotación de los resultados de la I+i y difundir y aprovechar activamente los resultados, en particular para estimular la inversión privada y el desarrollo de políticas;
l) Cumplir, a través de las misiones de I+i, objetivos ambiciosos dentro de un calendario establecido;
m) Mejorar la relación y la interacción entre ciencia y sociedad, también mediante la visibilidad de la ciencia en la sociedad y la comunicación científica, y promover la participación de los ciudadanos y usuarios finales en los procesos de codiseño y cocreación;
n) Acelerar la transformación industrial, también mediante la mejora de las capacidades en materia de innovación;
o) Estimular las actividades de I+i en las pymes y la creación y crecimiento de empresas innovadoras, en particular empresas emergentes, pymes y, en casos excepcionales, pequeñas empresas de mediana capitalización;
La estructura del Programa Específico Horizonte Europa constará de las siguientes partes:
a) Pilar I, «Ciencia excelente», que comprende los siguientes componentes:
el Consejo Europeo de Investigación, como se describe en el anexo I, pilar I, sección 1;
las Acciones Marie Skłodowska-Curie (MSCA, por sus siglas en inglés), como se describen en el anexo I, pilar I, sección 2;
las «infraestructuras de investigación», como se describen en el anexo I, pilar I, sección 3.
b) Pilar II «Desafíos mundiales y competitividad industrial europea», que comprende los siguientes componentes:
i) bloque «Salud», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 1;
ii) bloque «Cultura, creatividad y sociedad inclusiva», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 2;
iii) bloque «Seguridad civil para la sociedad», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 3;
iv) bloque «Mundo digital, industria y espacio», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 4;
v) bloque «Clima, energía y movilidad», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 5;
vi) bloque «Recursos alimentarios, bioeconomía, recursos naturales, agricultura y medio ambiente», como se describe en el anexo I, pilar II, sección 6;
vii) acciones directas no nucleares del JRC, como se describe en el anexo I, pilar II, sección 7.
c) Pilar III, «Europa innovadora», que comprende los siguientes componentes:
i) el Consejo Europeo de Innovación, como se describe en el anexo I, pilar III, sección 1;
ii) los ecosistemas europeos de innovación, como se describen en el anexo I, pilar III, sección 2.
d) Parte «Ampliar la participación y reforzar el EEI» que comprende los siguientes componentes:
i) ampliar la participación y difundir la excelencia, como se describe en el anexo I, parte «Reforzar el EEI», sección 1;
ii)reformar y mejorar el sistema europeo de I+i, como se describe en el anexo I, parte «Reforzar el EEI», sección 2.
Guía práctica: descripción detallada del programa
Normativa
Decisión (UE) 2021/764 del Consejo de 10 de mayo de 2021 que establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, y por la que se deroga la Decisión 2013/743/UE
DO L 167I de 12.5.2021, p. 1/80
Reglamento (EURATOM) 2021/765 del Consejo de 10 de mayo de 2021 por el que se establece el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período 2021-2025 que complementa el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», y por el que se deroga el Reglamento (Euratom) 2018/1563
DO L 167I de 12.5.2021, p. 81/100
Declaraciones sobre el Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) nº 1290/2013 y (UE) nº 1291/2013 (DO L 170 I de 12.5.2021, p. 1.)
Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) nº 1290/2013 y (UE) nº 1291/2013 (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 170 de 12.5.2021, p. 1/68
Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo de 19 de noviembre de 2021 por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) nº 219/2007, (UE) nº 557/2014, (UE) nº 558/2014, (UE) nº 559/2014, (UE) nº 560/2014, (UE) nº 561/2014 y (UE) nº 642/2014
DO L 427 de 30.11.2021, p. 17/119
El Instituto Europeo de Tecnología (EIT) es el instrumento que reúne las necesidades de innovadores e investigadores con acciones de educación superior, el llamado “triángulo del conocimiento”. Proporciona subvenciones a sus comunidades de conocimiento e innovación (CCI), supervisa sus actividades, apoya la colaboración y difunde resultados y mejores prácticas
Para el período 2021-2027, el EIT es una parte integral del programa Horizonte Europa . El presupuesto del EIT será de 2.960 millones de euros.
Reglamento (UE) 2021/819 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 relativo al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (versión refundida) (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 189 de 28.5.2021, p. 61/90
Decisión (UE) 2021/820 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 relativa a la Agenda Estratégica de Innovación para 2021-2027 del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): potenciar el talento y la capacidad de innovación de Europa, y por la que se deroga la Decisión nº 1312/2013/UE (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 189 de 28.5.2021, p. 91/118
España. Oficina Europea del Ministerio de Ciencia e Innovación
Fuente: Comisión Europea [Consulta: septiembre 2021]
Fuente: España Ministerio de Ciencia e Innovación, CDTI y Oficina Europea de FECYT [consulta: septiembre 2021]
Fondos Estructurales y Fondos de Inversión
En 2021-2027, los fondos de la UE asignados a la política de cohesión ascienden a 392 000 millones EUR. Con la cofinanciación nacional, alrededor de medio billón de euros estarán disponibles para financiar los programas en las regiones y países de la UE.
La política de cohesión se lleva a cabo a través de fondos específicos:
El paquete comprende las siguientes regulaciones:
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados
DO L 231 de 30.6.2021, p. 159/706
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2021/1060
DO L 261 de 22.7.2021, p. 58/59
El nuevo Reglamento sobre disposiciones comunes proporciona un marco jurídico conjunto para ocho fondos de gestión compartida: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo de Cohesión y el Fondo Social Europeo Plus, el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, el Fondo de Transición Justa y las normas financieras. para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Instrumento de Gestión de Fronteras y Visados y el Fondo de Seguridad Interior.
Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión
DO L 231 de 30.6.2021, p. 60/93
El Reglamento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión establece disposiciones específicas para el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (226 000 millones de euros) y el Fondo de Cohesión (48 000 millones de euros). El FEDER contribuirá a fortalecer la cohesión económica y social en la Unión Europea corrigiendo los desequilibrios entre sus regiones, cumpliendo al mismo tiempo las prioridades políticas de la Unión mediante una concentración temática de recursos. El FC apoyará proyectos en el ámbito del medio ambiente y las redes transeuropeas en el ámbito de las infraestructuras de transporte.
Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 1296/2013
DO L 231 de 30.6.2021, p. 21/59
El Fondo Social Europeo Plus es el principal fondo de la UE para invertir en las personas. Será el instrumento financiero clave para implementar el pilar europeo de derechos sociales, apoyar el empleo y crear una sociedad justa y socialmente inclusiva. También proporcionará recursos muy necesarios a los Estados miembros para la recuperación de nuestras sociedades y economías después de la crisis del coronavirus. Con un presupuesto de 99.300 millones de euros (en precios corrientes) para 2021-2027, los Estados miembros pueden utilizar el dinero para crear y proteger oportunidades de empleo, promover la inclusión social, luchar contra la pobreza, incluida la lucha contra la falta de vivienda, y proporcionar a los trabajadores las habilidades necesarias para la transición digital y verde. También incluye un requisito ambicioso para que los Estados miembros inviertan en los jóvenes y aborden la pobreza infantil.
Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los instrumentos de financiación exterior
DO L 231 de 30.6.2021, p. 94/158
Con un presupuesto de 8.100 millones de euros, la sexta generación de Interreg sigue dando forma a la cooperación territorial en toda Europa para todos sus diferentes ejes (transfronterizo, transnacional e interregional). Abarca la cooperación en las fronteras exteriores de la Unión, beneficiándose del apoyo de instrumentos externos (como el Instrumento de Ayuda de Preadhesión - IPA y el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional - NDICI) y establece un nuevo capítulo dedicado a reforzar la cooperación regional de las regiones ultraperiféricas.
Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo de Transición Justa
DO L 231 de 30.6.2021, p. 1/20
El Fondo de Transición Justa es un nuevo fondo para la política de cohesión con un presupuesto global de 19 200 millones de euros (a precios corrientes). El JTF es un elemento clave del Pacto Verde Europeo y el primer pilar del Mecanismo de Transición Justa (JTM). Su objetivo es aliviar los costos sociales y económicos resultantes de la transición hacia una economía climáticamente neutra, a través de una amplia gama de actividades dirigidas principalmente a diversificar la actividad económica y ayudar a las personas a adaptarse a un mercado laboral cambiante. El Servicio de Préstamos para el Sector Público es el tercer pilar del JTM, que aprovecha el presupuesto de la UE para proporcionar acceso a financiación adicional. El Mecanismo se dirige específicamente a entidades públicas, creando condiciones preferenciales de préstamo para proyectos que no generan suficientes ingresos para ser financieramente viables.
2021-2027 Política de cohesión. Asignaciones presupuestarias de la UE
Fuente: Comisión Europea [Consulta: septiembre 2021]
Fuente: Comisión Europea [consultado: septiembre 2024]
Es un instrumento temporal de recuperación dotado con más de 800 000 millones de euros que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus. La Europa posterior a la COVID-19 será más ecológica, más digital, más resiliente y mejor adaptada a los retos actuales y futuros.
Dentro del portal de publicaciones de a Unión Europea - EU Bookshop - hay un apartado dedicado a los niños y público infantil. Se trata del KIDS CORNER. Los materiales ofrecidos en este sitio web tienen como objetivo ayudar a transmitir a los ciudadanos más pequeños los valores y colores europeos.
Aquí es posible encontrar
Viernes, 08 marzo 12:00
Palacio de Santa Cruz, Plaza Colegio de Santa Cruz, Valladolid, España
Con motivo de la celebración del Día Internacional de la Mujer, este viernes, 8 de marzo, tendrá lugar la lectura institucional del Manifiesto 8M.
En el Campus de Valladolid, este acto se realizará en el Claustro del Palacio de Santa Cruz, a las 12:00 horas, y correrá a cargo de Rosalba I. Fonteriz García, Delegada del Rector para RSU.
El 8 de marzo es el Día Internacional de la Mujer. En esa fecha celebramos los avances sociales, económicos, culturales y políticos de las mujeres, pero también es una jornada para reflexionar sobre todo lo que queda por hacer para lograr la paridad entre los géneros. La UE sigue proponiendo y aprobando legislación para avanzar en los derechos de las mujeres y las niñas.
En el Tribunal de Cuentas Europeo, hemos analizado la eficacia de esta política desde el punto de vista de los fondos de la UE, con resultados desiguales:
Informe Especial 10/2021: Integración de la perspectiva de género en el presupuesto de la UE
Con motivo del 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer, volvemos a publicar el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, también conocido como Convenio de Estambul o Convención de Estambul.
El 1 de octubre de 2023 entró en vigor en la Unión Europea el Convenio de Estambul, un instrumento jurídico que busca prevenir, perseguir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Los 27 ratificaron este acuerdo el pasado junio, tras seis años de la adhesión al instrumento internacional del Consejo de Europa.
Hasta la fecha, el Convenio de Estambul ha sido firmado por 45 Estados miembros del Consejo de Europa y ratificado por 34 de ellos
Con motivo de la celebración el 8 de Marzo del día Internacional de la Mujer,
hemos preparado un punto de interés bibliográfico denominado
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